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¿Cuáles son los nuevos beneficios? Gobierno aprueba reglamento de la Ley del Libro

Ley del Libro: Gobierno aprueba reglamento

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Fecha Actualización
Una buena noticia en el Día Internacional del Libro. El Gobierno peruano aprobó el Reglamento sobre las medidas estratégicas para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y la lectura, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 31893, Ley del Libro.
Este reglamento está conformado por cinco títulos.
El primer título aborda las disposiciones generales; el segundo, se refiere al fortalecimiento nacional e internacional del ecosistema del libro y la lectura; el tercero, trata sobre el observatorio del ecosistema del libro y la lectura; el cuarto, aborda a los estímulos económicos; y el quinto, se refiere a la constancia de producción de libros y/o productos editoriales afines.
FORTALECIMIENTO
Entre los principales aspectos de la propuesta, en cuanto al “Fortalecimiento nacional e internacional del ecosistema del libro y la lectura”, se busca cerrar brechas relacionadas a cuatro aspectos: al acceso a la lectura y promover la diversidad cultural y el acceso a la lectura digital, tanto a nivel geográfico (regiones y zonas rurales) como económico y cultural; al acceso a la lectura, la calidad de los servicios bibliotecarios en el ámbito de las bibliotecas públicas y los espacios de lectura.
Así también a la producción editorial y la promoción cultural, promoviendo la diversidad lingüística, la accesibilidad, la inclusión y la internacionalización del sector del libro; y a oportunidades de formación para agentes del ecosistema del libro y la lectura, además del reconocimiento y acceso equitativo a la lectura para todos los ciudadanos, especialmente para aquellos en situación de vulnerabilidad y con discapacidades.

OBSERVATORIO DEL ECOSISTEMA
En cuanto al “Observatorio del ecosistema del libro y la lectura”, se establece la creación y funciones del referido observatorio, bajo la responsabilidad de la unidad orgánica a cargo del libro y la lectura del Ministerio de Cultura. Sus objetivos incluyen generar y difundir evidencias para las políticas públicas relacionadas con el libro y la lectura, y gestionar información para entender la situación del sector.
También, producir investigaciones especializadas, suministrar información sobre el estado del ecosistema del libro y la lectura, y publicar resultados para el conocimiento público. Asimismo, se dictan disposiciones sobre los métodos de recopilación de datos, publicación de resultados y colaboraciones.

ESTÍMULOS ECONÓMICOS
Sobre los Estímulos Económicos, señala que, para el libro y el fomento de la lectura, se financiarán mediante recursos del Fondo Nacional de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura (FONDOLIBRO), conforme a lo establecido en la Ley N° 31053 y el Decreto de Urgencia 003-2019. Además, se destaca que estos estímulos se realizan bajo un enfoque intercultural.

CONSTANCIA DE PRODUCCIÓN DE LIBROS
Sobre el tema de “Constancia de producción de libros y/o productos editoriales afines”, se establecen disposiciones sobre la emisión de la constancia de producción de libros y/o productos editoriales afines.

BENEFICIOS TRIBUTARIOS
De esta manera, la denominada Ley del Libro reconoce y promueve el derecho de las personas a la lectura y el acceso al libro, determinando los siguientes beneficios tributarios:
i. Exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación o venta en el país de libros y productos editoriales afines (PEA).
ii. Reintegro tributario del IGV a favor de las editoriales de libros.
iii. Exoneración del Impuesto a la Renta a las regalías por derechos de autor.
El reglamento determina los alcances y las condiciones para la aplicación de los beneficios tributarios.
El documento puede verse aquí.


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