PUBLICIDAD
Año Nuevo 2019: ¿Cuánto recibirás si trabajas el 1 de enero?
Este martes 1 de enero es feriado nacional no laborable para los trabajadores de los sectores públicos y privados pero ¿qué sucede si trabajas por año nuevo? ¿Cuánto debe ser la remuneración?
1 de 3
Imagen
Dinero - (Foto: GEC)
2 de 3
Imagen
Dinero - (Foto: GEC)
3 de 3
Imagen
Dinero - (Foto: GEC)
Fecha Actualización
Son muchos los peruanos que laborarán este 1 de enero. El abogado laboralista César Puntriano indicó a Gestión que aquellas personas que trabajen el feriado de año nuevo recibirán hasta el triple de la remuneración diaria, de no tener descanso sustitutorio en otro día.
Según el artículo 9 del D.L.713 Ley de Descansos Remunerados, el 1 de enero es feriado nacional no laborable para los trabajadores de los sectores públicos y privados, con derecho a descanso pagado por el empleador.
“Por ejemplo, si el trabajador percibe S/ 100 diarios, recibirá S/ 100 por el día y S/ 200 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%)”, sostuvo.
Sin embargo, si el feriado es compensado por un día de descanso el trabajador pierde el derecho a ese pago adicional. Recordando así también que no se considerará que se haya laborado en día feriado si es que el turno de trabajo inicia en un día laborable y concluye en día feriado.
Por otro lado, aún se está a la espera si el Ministerio de Trabajo declara día no laborable compensable al lunes 31 de diciembre, tal como ocurrió esta semana en el caso del lunes 24 de diciembre.
PUBLICIDAD
ULTIMAS NOTICIAS
Imagen
Imagen
Imagen
PUBLICIDAD