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ASBAN BUSCA DIÁLOGO CON EL MEF POR FALTA DE CLARIDAD DE DECRETO QUE GRAVA SERVICIOS

Norma de IGV a plataformas afectaría a consumidores de servicios como Netflix y Spotify

Según gremio bancario, esta falta de claridad puede ocasionar más perjuicios que beneficios a usuarios.

Imagen
Plataforma Netflix
Fecha Actualización

El Ministerio de Economía (MEF), liderado por José Arista, ha decidido recaudar grabando todos los servicios digitales que consumimos todos los días sin ningún tipo de análisis.

Se cobrará IGV desde la compra de memoria en la nube para los correos electrónicos como Gmail, pasando por los cursos en línea, las plataformas de reuniones virtuales como Zoom y otros servicios digitales como Netflix, Spotify, Youtube, Uber, Amazon, que operan en la economía formal.

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Lo crítico es que ha delegado este trabajo de cobrar el impuesto a la banca, cuya tecnología no necesariamente está hecha para este trabajo por no ser parte de su negocio.

Por esta razón, la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc) solicitó la semana pasada una reunión con el Ministro de Economía para presentar sus observaciones al decreto que grava con IGV a empresas no domiciliadas que brindan servicios digitales.

Según el gremio, las principales observaciones a la norma están en la complejidad del cumplimiento y la falta de claridad sobre el rol que cumplirán las entidades financieras.

Dicha norma establece que los proveedores de servicios digitales no domiciliados deberán realizar declaraciones de retención de impuestos de sus usuarios, retener y hacer los pagos, están sujetos a sanciones por errores y se les exige un proceso de devolución. No obstante, en caso de que estas empresas no cumplan, trasladan la responsabilidad a las entidades financieras.

“La Asociación de Bancos considera que esta falta de claridad puede ocasionar mayores perjuicios que beneficios para los usuarios y clientes”, sostuvo el gremio.

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No incentiva

Asbanc agregó que el tratamiento reflejado en la norma no incentiva a la inscripción y cumplimiento del no domiciliado, alejándose de los lineamientos de la OCDE requeridos por la Ley, que faculta al MEF a legislar en materia tributaria.

El gremio indicó que con la finalidad de realizar una adecuada gestión sobre sobre el impuesto, resulta necesario analizar los sistemas de pago internacionales y los ejemplos de implementación de este impuesto en la región, para que la recaudación no afecte en forma excesiva al consumidor, importador o vendedor peruano.

“La Asociación de Bancos considera que se debe buscar es que los no domiciliados, al igual que los contribuyentes peruanos, cumplan con sus obligaciones al estar presentes en el mercado peruano”, concluyó.

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