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Empleadores que incumplan con depósito de AFP pueden ser denunciados por apropiación ilícita

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Fecha Actualización
Los empleadores de los sectores público y privado que no cumplan con depositar los aportes de sus trabajadores por concepto de pensiones en sus cuentas individuales de las AFP podrán ser denunciados por apropiación ilícita. Esta condena se sanciona con hasta seis años de cárcel, advirtió la titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado Laboral Permanente de la Corte Superior de Lima Norte, Andrea Córdova Escobar.
La magistrada precisó que en el caso de los funcionarios públicos que cometan este delito, serán condenados con tres a seis años de pena privativa de la libertad, mientras que los directivos de empresas privadas que vulneren este beneficio serán pasibles de una sentencia de dos a cuatro años de prisión, de conformidad con el artículo 190 del Código Penal.
En efecto, el 8 de julio del año 2023 se promulgó la Ley N° 31823, que modificó el artículo 190 del Código Penal para sancionar en materia de seguridad social.
“Esta sanción es independiente de la multa administrativa que pueda imponerles la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil)”, detalló la letrada en un medio de comunicación local.
Las planillas de pago a las AFP, precisó la jueza, se generan todos los meses y el aporte se debe realizar, como máximo, en los primeros cinco días del mes siguiente.
“Si no se cumple con el pago, las AFP están facultadas para interponer demandas ante los juzgados de paz letrados, con el fin de recabar ese dinero, más los intereses moratorios correspondientes”, detalló.
Deudas
A mayo del presente año, la deuda total que mantenían 2,808 entidades del Estado con los trabajadores por concepto de AFP ascendía a S/ 14,653 millones, afectando a 432,996 afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). En el caso del sector privado, 178,829 empresas deben S/ 20,983 millones a 1,382,326 afiliados.
Estas cifras representan el total de aportes retenidos, comisiones y primas de seguro no depositadas a los afiliados por concepto de AFP. Están actualizadas por factores de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que incluye intereses, moras y multas por pago tardío (fuera del plazo normativo).
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