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[OPINIÓN] Ana Jara: “El vía crucis de las adopciones”

Esa búsqueda de parientes de un niño o niña internado en un albergue, debe tener plazos perentorios, a fin de que el juez, agotadas todas las vías, pueda declarar la “desprotección familiar y adoptabilidad” del menor.

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No han surtido efecto los esfuerzos por hacer más expeditivo el procedimiento para las adopciones de menores de edad. Este sigue siendo un vía crucis para los niños, niñas y adolescentes en estado de abandono o riesgo social que demandan de una familia para integrarse a esta y recibir amor y protección, como para las personas que manifiestan su voluntad de adoptar. Se dice que en el Perú dicho procedimiento obedece a estándares de tratados internacionales y convenciones en favor de la niñez y la adolescencia, los cuales procuran agotar todos los esfuerzos para que un niño o niña institucionalizado (residente de un albergue de menores), sea integrado al hogar de algún pariente, aunque fuera lejano, porque el asunto es no desarraigarlo de sus vínculos parentales.
No obstante, mientras las autoridades se echan a buscar a esos parientes el menor de edad debe permanecer albergado, lo que le genera daño a su crecimiento, conforme lo señala un artículo del diario El Comercio, de febrero de 2020, en entrevista a Eda Aguilar, exdirectora general de Adopciones del MIMP: “Por cada seis meses de vida institucional, es decir en un albergue, hay un año de retraso en el desarrollo físico y emocional del menor. Un niño de 4 años que vivió un año en un albergue tiene dos años de retraso en su desarrollo físico y emocional”. Esto último es desgarrador y obliga a nuestros legisladores a mejorar las normas y a las autoridades del Poder Judicial, Ministerio Público y Ministerio de la Mujer a perfeccionar sus protocolos de intervención en materia de adopciones. Esa búsqueda de parientes de un niño o niña internado en un albergue, debe tener plazos perentorios, a fin de que el juez, agotadas todas las vías, pueda declarar la “desprotección familiar y adoptabilidad” del menor.
Así mismo, que esa larga lista de personas aspirantes a adoptantes pasen todos los filtros de idoneidad que exige la ley, para que todo este proceso de adopción se efectivice en un plazo máximo de un año. Es realmente cruel, por ejemplo, que un bebé abandonado recién nacido, existiendo gente deseosa de adoptar y darle un hogar, no pueda hacerlo de forma inmediata, sino que debe esperar de 2 a 4 años para que se concrete la adopción. Es también cruel para el niño o adolescente recibido en los llamados hogares de acogida, que una vez encariñado e integrado a estos, las personas o familia acogedoras no tengan preferencia en su adopción, más bien viven a salto de mata a que les sea comunicado que el menor deberá dejar el hogar porque otra familia ya calificó como adoptante, y aquí la pregunta cae de madura ¿Y los vínculos afectivos del niño o adolescente no cuentan? ¿Qué del interés superior del niño?