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Un técnico de destacada trayectoria ha impulsado un decreto legislativo para aplicar el IGV a las plataformas digitales.

Sueños de recaudación

"Quien era considerado uno de los profesionales más sensatos del gabinete parece haber perdido, de pronto, la brújula. Nos referimos al ministro de Economía y Finanzas, Luis Arista."

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Foto: Andina.
Fecha Actualización

Quien era considerado uno de los profesionales más sensatos del gabinete parece haber perdido, de pronto, la brújula. Nos referimos al ministro de Economía y Finanzas, José Arista. Un técnico de destacada trayectoria que ha impulsado un decreto legislativo –apresuradamente aprobado ya en el Consejo de Ministros– para aplicar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a las plataformas digitales.

MIRA: Norma de IGV a plataformas afectaría a consumidores de servicios como Netflix y Spotify

El Decreto N.° 1623 modifica, en efecto, la ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la utilización de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de Internet. La fecha inicial para empezar a cobrar este gravamen a las empresas no domiciliadas en el Perú que provean servicios digitales e importación de bienes por Internet es el 1 de octubre de este año.

Es decir, un impuesto que se aplicará a servicios como el de almacenamiento en la nube para correos electrónicos tipo Gmail, cursos en línea, plataformas de reuniones virtuales como Zoom y el uso de plataformas digitales como Netflix, Spotify, YouTube, Uber, Amazon, que operan en la economía formal.

MIRA: Netflix: en dos meses comenzaría el pago del IGV por el servicio de streaming

Y además de que, obviamente, se trata de un costo que encarecerá innecesariamente estos servicios de los que disfruta buena parte de la población en nuestro país, han decidido delegar el trabajo de cobrar este estipendio a la banca, que no cuenta necesariamente con la tecnología adecuada para realizar la tarea, ya que no es parte de su negocio.

Es entendible que la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc) haya manifestado su extrañeza ante la medida y haya solicitado, por ello, una reunión con el ministro Arista para presentar sus observaciones al decreto, pues casi que pone a las instituciones bancarias entre Escila y Caribdis, al hacerlas responsables económicamente, por ejemplo, de cualquier incumplimiento o error en las retenciones a los usuarios finales o los cobros de los proveedores digitales.

Estamos, pues, ante un desaguisado que se sale incluso de los lineamientos de la OCDE requeridos por la ley, que faculta al MEF a legislar en materia tributaria. Todo indica que la ruta escogida para resolver lo que es todavía un rompedero de cabeza para muchos países, el manejo de los Estados con los gigantes tecnológicos, no es precisamente la correcta.

Se entiende la necesidad de aumentar –de mejorar, sería la manera correcta de decirlo– la recaudación de impuestos en el país, pero medidas como esta solo castigan al consumidor formal y, de paso, enredan innecesariamente a los bancos. 

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