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Perú: Así es el protocolo de desplazamiento a pie y en vehículo durante el estado de emergencia

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Fecha Actualización
El Gobierno dispuso la ampliación del estado de emergencia hasta el próximo 12 de abril por lo que la ciudadanía debe cumplir con las restricciones, entre ellos contar con un salvoconducto para salir a las calles en casos específicos y así evitar terminar detenidos por no respetar el aislamiento social obligatorio para frenar la propagación del coronavirus que hasta ayer sumaban más de 26 mil ciudadanos intervenidos. Para ello, la Policía Nacional ha elaborado un video ilustrativo del protocolo de desplazamiento a pie y en vehículo.
Protocolo de desplazamiento durante el estado de emergencia sanitaria
El presidente Martín Vizcarra, durante su anunció de la ampliación del estado de emergencia, precisó que continuará la suspensión de actividades laborales, escolares, académicas y universitarias; y solo operan las de corte esencial, como las de abastecimiento de alimentos, farmacias y el sistema bancario. Además, el cierre de fronteras se mantiene; así como la inmovilización social obligatoria de 20:00 a 05:00 horas.
Respecto a los ciudadanos que desacaten las restricciones establecidas señaló que “haremos un registro exacto con el nombre y DNI [de los infractores] que se derivará al Ministerio Público, para que esta institución formule la denuncia correspondiente y así evitar la impunidad de los que incumplan la cuarentena”.
Por su parte, el ministro del Interior, Carlos Morán puntualizó que dicho registro contendrá la información de los ciudadanos peruanos o extranjeros que desacaten las restricciones establecidas, como la prohibición de transitar por la vía pública entre las 20:00 y las 05:00 horas o circular en vehículos particulares sin permiso.
La información contenida en ese registro se remitirá al Ministerio Público, a fin de iniciar las diligencias preliminares por los delitos que correspondan, y que los imputados sean juzgados en un proceso común o inmediato.
Durante este periodo de estado de emergencia, el ciudadano, para desplazarse, tiene que llevar puesto una mascarilla de forma obligatoria. Tiene que portar su DNI, el fotocheck de su centro de labores, su pase especial de tránsito otorgado por el Ministerio del Interior y si tiene vehículo su salvoconducto.
Si es intervenido por un policía o por un miembro de las Fuerzas Armadas este se identificara y le solicitará los documentos señalados. Si cumple con todo lo que se requiere continuará su recorrido a su destino caso contrario será llevado a la comisaría del sector.
Durante su recorrido tal vez sea intervenido más de una vez, usted cumpla con lo que le solicitan porque a los agentes no les consta que ya pasó por un control anterior. Esto no le hará perder más de un minuto.
En el caso que tenga que desplazarse durante la inmovilización social obligatoria (toque de queda) entre las 20:00 horas y las 05:00 horas y si va en vehículo tiene que ir con las luces intermitentes e interiores encendidas y presentar los documentos requeridos. Si el desplazamiento es a pie por un caso de emergencia deberá portar en la mano un pañuelo color blanco u otro distintivo del mismo color y moverlo ante la aproximación de un vehículo policial o presencia de militares. Explique porque su desplazamiento el cual solo debe de ser en caso de emergencia de su salud o de algún familiar.