La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) ha remitido una carta notarial al ministro de Salud, César Vásquez, para exigirle el cumplimiento de la normativa legal vigente que establece, entre otras cosas, que la fabricación de alimentos elaborados industrialmente y destinados al consumo humano se realiza únicamente en establecimientos que cuenten con la habilitación sanitaria vigente otorgada por la autoridad sanitaria nacional respectiva.
En tal sentido, sostiene el gremio empresarial, el Sector Salud debe abstenerse de exigir registros sanitarios para extender alimentos y bebidas elaboradas industrialmente de producción nacional o extranjera, pues dicha medida no está amparada por la Ley General de Salud.
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A través de una carta notarial, la Confiep cuestionó, además, el incumplimiento por parte del gobierno de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, que precisa que todo alimento elaborado para consumo humano de manera industrial, ya sea nacional o extranjero, solo puede comercializarse previo otorgamiento de la habilitación sanitaria del establecimiento de fabricación o de la autorización sanitaria de importación.
Añadió que los registros sanitarios fueron eliminados en el 2016 por ser considerados "onerosos y engorrosos" por la misma norma legal, y fueron reemplazados por habilitaciones sanitarias que vienen siendo exigidas a los fabricantes de productos desde hace varios años.
"Sin embargo, hasta la fecha del Ministerio de Salud continúa exigiendo la tramitación y renovación de registros sanitarios para alimentos y bebidas procesadas, así como las habilitaciones para establecimientos, generando una innecesaria y onerosa duplicidad de trámites administrativos".
En esa línea, advirtió que el Minsa está incurriendo en un "desacato de las leyes vigentes", además de "generar una serie de costos y sobrecostos a los fabricantes de alimentos, dificultar absurdamente su acceso al mercado y entorpecer el ambiente de negocios".
Mediante la carta notarial, la Confiep le da un plazo perentorio de 10 días al Ministerio de Salud para que cumpla con la ley y derogue las normas reglamentarias que se oponen a ella.
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