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Corte IDH dice que Perú incurrió en desacato al liberar a Alberto Fujimori

A través de un documento, la Corte Interamericana de Derechos Humanos informó que el Estado habría incurrido en desacato al liberar al expresidente Alberto Fujimori.

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Fecha Actualización
A través de un documento, la Corte Interamericana de Derechos Humanos informó que el Estado habría incurrido en desacato al liberar al expresidente Alberto Fujimori.
La Corte IDH aseguró que no se cumplió con lo señalado por las Resoluciones del 30 de mayo de 2018 y 7 de abril de 2022, esto debido a que se “ejecutó la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional que restituyó los efectos al indulto por razones” a Alberto Fujimori el pasado 24 de diciembre de 2017.
Además, señalaron que la Corte había dispuso que el Estado debía “abstenerse de implementar (el indulto)” porque para ellos no se cumplían con los estándares de derecho internacional para realizarse la liberación del exjefe de Estado.
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Por otra parte, solicitaron al Estado un informe, que debe ser entregado a más tardar el 4 de marzo de 2024, sobre las investigaciones que se han realizado a los casos de Barrios Altos y la Cantuta investigar y “de ser el caso sancionar las graves violaciones a los derechos humanos determinadas en las sentencias emitidas” por los hechos antes mencionados.
También informaron que cada tres meses, el Ejecutivo deberá continuar presentando informes sobre los dos los casos hasta que la Corte IDH lo crea necesario.
La Corte IDH requirió también a los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten observaciones a los informes del Estado en cuatro y seis semanas, respectivamente.

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