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¿QUÉ DERECHOS SE SUSPENDEN?

¿Qué significa el ESTADO DE EMERGENCIA declarado por el Gobierno?

El ministro de Defensa, Wálter Astudillo, anunció en conferencia de prensa, la declaratoria del Estado de Emergencia en 11 distritos de Lima y uno del Callao. Conoce AQUÍ si habrá toque de queda.

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Estado de emergencia en varios distritos de Lima. (Hugo Pérez /@photo.gec)
Estado de emergencia en varios distritos de Lima. (Hugo Pérez /@photo.gec)
Fecha Actualización

La ola de extorsión y delincuencia que azota Lima y que ahora ha puesto la mira en las empresas de transporte, desató que este gremio iniciara un paro en protesta por la inacción del gobierno de Dina Boluarte. 

Al respecto, el ministro de Defensa, Wálter Astudillo, anunció en conferencia de prensa, la declaratoria del Estados de Emergencia en 11 distritos de Lima y uno del Callao. Medida que se adopta para frenar la ola de extorsiones y asesinatos a los transportistas y comerciantes en la capital.

MIRA: Gobierno declara estado de emergencia de 60 días en 11 distritos de Lima y uno del Callao

Sin embargo, esta situación trae consigo una serie de conceptos y alcances que todo ciudadano debe tener en cuenta, pues el Estado de Emergencia es una medida extraordinaria en la que se ceden algunos derechos constitucionales durante un periodo determinado de tiempo.

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Estado de emergencia en varios distritos de Lima. (Hugo Pérez /@photo.gec)

 

¿QUÉ ES EL ESTADO DE EMERGENCIA?

Es uno de los dos regímenes de excepción, junto con el estado de sitio, amparados por la Constitución. Ambos son una respuesta ante casos o situaciones que afectan la vida de ciudadanos o de la nación en general.

Producto de estas situaciones, el Poder Ejecutivo es dotado de poderes extraordinarios, entre estos, restringir o suspender ciertos derechos constitucionales. Esto es así porque se entiende que solo por esta vía se puede preservar el orden público.

El “estado de emergencia” se dicta cuando se altera la paz, orden interno o ante graves circunstancias que afectan la vida de ciudadanos o a la Nación. En tanto, el “estado de sitio” solo aplica ante situaciones –o amenazas- de invasión, guerra exterior o guerra civil.

 

¿QUÉ DERECHOS SE SUSPENDEN DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA?

Un estado de emergencia solo puede restringir cuatro derechos constitucionales: 

  1. Derecho a la libertad y seguridad personales 
  2. Inviolabilidad de domicilio 
  3. Libertad de tránsito  
  4. Libertad de reunión

En relación al primero, una persona – en una situación regular – solo puede ser detenida por la Policía en casos de flagrancia, salvo que tenga una orden judicial. El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente dentro de las 24 horas (o en el término de la distancia). Caso contrario, debe ser liberado. Estas obligaciones dictadas para las autoridades buscan proteger la libertad y la seguridad personal de los ciudadanos. Sin embargo, mientras dure el estado de emergencia, estas se suspenden.

Sobre lo segundo, es un derecho constitucional que nadie pueda ingresar a tu domicilio, salvo que tú lo autorices, o que, quien lo haga cuente con una orden judicial, esté ante flagrante delito o ante el grave peligro de que, si no ingresa, se cometerá uno. Este derecho también se suspenderá durante el estado de emergencia.

También se suspenden los derechos a la libertad de tránsito y de reunión. El objetivo de esta medida es ponerle fin a los bloqueos de carreteras y actos de vandalismo ocurridos en la última semana en diferentes ciudades del Perú.

Si bien estos derechos se suspenden, ello no significa que las autoridades tengan carta libre para cometer arbitrariedades, ya que sus acciones siempre deben ser estrictamente idóneas, necesarias y proporcionales para reestablecer el orden interno.

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¿QUÉ DERECHOS JAMÁS SE SUSPENDEN?

En principio, salvo los comprendidos en el Decreto Supremo, todos los derechos constitucionales están plenamente vigentes.

Respecto de los derechos suspendidos, ante cualquier abuso, siempre está la posibilidad de hacer uso de garantías constitucionales como el hábeas corpus (protección ante un acto que amenaza o vulnera la libertad personal) o el amparo (cuando los demás derechos constitucionales, salvo los relacionados al derecho a la información, se amenazan o vulneran).

Esto podría suceder, por ejemplo, si un individuo es detenido por razones que escapan de la finalidad del estado de Emergencia. Según el constitucionalista, Víctor García Toma, todas las detenciones que se lleven a cabo tienen que tener una directa razón con los motivos que obligaron al Estado a tomar la medida de emergencia. Con ello, se quiere garantizar una adecuada defensa de ciudadanos que potencialmente puedan ser víctimas de excesos por parte de las autoridades.

 

¿HABRÁ TOQUE DE QUEDA?

El proceso regular tras la declaratoria de Estado de Emergencia es que esta sea oficializada mediante un Decreto Supremo que es publicado en el diario oficial El Peruano, en el que se anuncian las medidas que regirán durante este estado de excepción, entre los que se puede mencionar el toque de queda.

Sin embargo, durante la conferencia de prensa, el premier Gustavo Adrianzén no mencionó el toque de queda o inmovilización social obligatoria entre estas medidas. 

El premier anunció que el Ejecutivo remitirá al Congreso un proyecto de ley que tipifica el delito de terrorismo urbano y que busca abarcar conductas delictivas como el sicariato, el secuestro, la extorsión y la posesión de armas de fuego de procedencia ilegal. Además, dispuso la “ampliación inmediata” del penal de máxima seguridad de Challapalca, que se encuentra a 4800 metros de altura en el departamento de Tacna, considerado como uno de los más duros, para el traslado de los sentenciados por estos delitos. 

 

¿CUÁNTO TIEMPO DURARÁ?

Como es un estado excepcional, tiene que dictarse por un tiempo limitado. En este caso, la medida adoptada por el gobierno de Dina Boluarte durará 60 días. Si se necesitan más, la prórroga tiene que darse vía otro decreto.

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¿QUIÉNES PATRULLARÁN LAS CALLES?

En este caso, el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, dijo que los militares participarán en el estado de emergencia, a través de acciones de control de seguridad ciudadana. Esto quiere decir que patrullarán codo a codo con los policías.

Santiváñez anunció además la conformación de un equipo especial para la lucha contra la extorsión, que estará conformada por 100 agentes en actividad, y que trabajará en coordinación con la Dirincri.

 

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