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Blume cuestiona que la Sunat no haya cobrado deudas tributarias en plazos que establece la ley

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Ernesto Blume recordó que la prescripción “es una pena” frente a la negligencia del acreedor y cuestionó que la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat) no se haya preocupado en cobrar las deudas tributarias en los plazos que establece la ley.

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El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, recordó que la prescripción “es una pena” frente a la negligencia del acreedor y cuestionó que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) no se haya preocupado en cobrar las deudas tributarias en los plazos que establece la ley.
“Acá estamos viendo la difusión de una noticia que tergiversa los hechos. Aquí tendría la administración tributaria que responder por qué demora el cobro de las deudas y permite que pase la prescripción. Cuando ya la prescripción se va a vencer, propicia decretos legislativos -que llegan a una propuesta del propio Poder Ejecutivo- para prolongar el plazo”, dijo en Canal N.
Hoy martes, el TC tiene previsto debatir la ponencia presentada por Ernesto Blume, quien planteó declarar la inconstitucionalidad la citada disposición, a pedido del Colegio de Abogados de la Libertad, que la semana pasada desistió de la demanda.
En ese sentido, el magistrado afirmó que se está utilizando una forma de “presión política” en el debate sobre la prescripción de deudas tributarias que dicha instancia analizará en una audiencia pública y que “por alguna razón” existe toda una “campaña” que hace énfasis en un grupo de grandes empresas que adeuda más de S/ 11 mil millones al Estado peruano.
“Este es un tema técnico, que no tiene que ver con ningún contribuyente en particular, sino con el cuestionamiento que se hace al Decreto Legislativo 1421, que modificó el Código Tributario. Por lo tanto, todas las especulaciones que se vienen haciendo, la verdad parece que tienen otra finalidad”, afirmó.
Recordó que en el ámbito tributario y civil existe la prescripción y que en la actualidad esa figura está en discusión porque la Sunat ha propiciado que se emita una norma posterior que el 2018 rige una situación del 2012 y se proyecta más atrás.
“Nosotros somos un tribunal que no actuamos por presión política y aquí se está utilizando una forma de presión política. Nosotros vamos a resolver como manda la Constitución. En este caso desde mi punto de vista, en la ponencia que he presentado y que es un documento de trabajo y de debate, y puede ser que pueda ser acogido por mis colegas o modificado, o de pronto -fruto del debate- yo mismo cambio mi punto de vista”, acotó.
“Lo que sí he observado es que el Decreto Legislativo 1241, en ese punto, se extralimita de la facultad delegada por el Poder Legislativo. Es decir, desde el punto de vista formal hay un vicio de inconstitucionalidad y luego tiene un efecto retroactivo que va a afectar el artículo 103 de la Constitución, que señala que salvo en lo penal, las normas no tienen efecto retroactivo”, añadió.
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